agosto 6, 2025 11:33 pm
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Populismo macho: PVEM busca encarcelar mujeres por atribuir falsa paternidad

Por Diana Luna y Zvezda Ninel

La Red de Colectivas Feministas de Michoacán ha expresado su rechazo por una iniciativa recientemente presentada en San Lázaro por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Ernesto Núñez Aguilar, para castigar con penas de hasta cinco años de prisión a mujeres que «atribuyan de manera dolosa la paternidad de un menor a un hombre que no lo es biológicamente».

Las activistas calificaron esta propuesta como una estrategia de populismo punitivista que  propone un abordaje simplista y machista de fenómenos sociales complejos, reproduce el estigma regresivo de la «mala mujer», ignora los derechos prioritarios de infancias, y pretende sobrelegislar en contra del enfoque de género y las estrategias de conciliación del Derecho Civil o Familiar.

La propuesta presentada por el legislador federal, el pasado 30 de julio, busca reformar el Código Penal Federal, adicionando el artículo 390, para sancionar con uno a cinco años de prisión, multas de 100 a mil días de salario y la devolución de pensiones alimenticias pagadas, «a quien atribuya de manera dolosa la paternidad de un menor a un hombre que no lo es biológicamente»; idea que a primer vistazo puede dar la impresión de buscar justicia, pero que en realidad sólo plantea criminalizar a las mujeres bajo presupuestos sexistas y criterios ambiguos que facilitan el abandono de niños y niñas, y no hace aportaciones para eficientar la acción legal ante aquellos casos de atribución falaz de paternidad para cometer un abuso, para los que ya existen tipos penales como la falsedad ante autoridad, el uso de documentos falsos, el fraude o el perjurio.

El promotor de esta medida asevera que busca proteger a los «hombres engañados» para asumir obligaciones económicas pensando que eran padres biológicos, basándose en un estudio europeo que estima que uno de cada 50 hombres en Reino Unido se encuentra en dicha situación. Una justificación que de inicio toma como punto de referencia un problema que afecta a un porcentaje infimo (es apenas el 2% de los habitantes masculinos de Reino Unido) de una población que realidades sociales muy dispares a las que se viven en nuestro país, y que no comtempla hechos como el que -como medida de protección a los derechos de los menores- el gobierno Reino Unido tiene una estricta regularización de las pruebas de paternidad que no permite que las instituciones privadas las realicen sin una autorización judicial; mientras que en México no se requieren órdenes de jueces y la alta disponibilidad de laboratorios privados que ofertan el servicio hace difícil mantener filtros estrictos para impedir la manipulación de evidencia a favor de personas que busquen eludir sus responsabilidades de ley con su descendencia.

El proyecto de Nuñez Aguilar no incluye propuestas para facilitar el acceso a pruebas de laboratorio a aquellas personas que carecen de los recursos para pagarlas, no plantea regulaciones fuertes para impedir corrupción por parte de quienes no sólo pueden pagarlas sino que hasta pueden comprar resultados a modo. En México, una prueba de Exclusión de Paternidad para dos personas en un laboratorio de alta afluencia como el CHOPO, cuesta $6,223, y una de Relación de Parentesco está en $3,959, precios que no son accesibles para toda la población, pero que pueden ser fácilmente pagados por quienes están dispuestos a sostener largos litigios para no pagar por años de pensiones alimenticias que le corresponden por sus hijos e hijas, y existen casos de sujetos adinerados que han pagado documentos que acreditan falazmente que no existe parentesco para cometer violencia vicaria o para simplemente desentenderse de sus obligaciones.

Una propuesta criminalizante que no aporta nada nuevo

Uno de los factores que permite identificar el cariz populista de la iniciativa del también líder del Partido Verde en Michoacán, es que el problema al que apunta no representa un vacío legal, sino que al contrario, es una sobrelegislación que simplemente aborda con un lenguaje incendiario temas que ya son tratados por la ley. 

En las leyes federales ya existen modalidades mediante las cuales la falsedad puede ser sancionada penalmente, sin necesidad de apelar a una estigmatización de las mujeres, como las arriba mencionadas de falsedad ante autoridad, el uso de documentos falsos, el fraude o el perjurio. El Código Penal Federal también contempla sanciones por alterar el estado civil de una persona —como registrar con datos falsos o sustituir a un menor— con penas de uno a seis años de prisión y multas que van de cien a mil pesos.

Además de ello, desde 2012, se han abierto varios casos sobre impugnación de la paternidad, un proceso mediante el cual una persona que figura legalmente como padre de un menor cuestiona el parentesco biológico con su hijo de manera legal, sin llegar a una instancia penal.

En el ámbito civil, la ley da margen para impugnar filiación mediante pruebas de ADN y, aunque la indemnización por daño moral no siempre prospera si el engaño no tiene pruebas contundentes o se vencen los plazos legales, sí existen varios casos de fraude familiar que han sido regulados exitosamente mediante sanciones civiles.

Finalmente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido numerosas sentencias que dan pautas claras para la impugnación de paternidad, incluso en casos en los que hay pruebas de ADN que contradicen la paternidad, pero en los que se debe valorar el impacto emocional del menor (muchos de los cuales ya construyeron vínculos afectivos con quien creían su padre), por lo que es necesario equilibrar para que la filiación jurídica siga protegiendo los derechos básicos de los niños, aun cuando no haya coincidencia genética.

La criminalización automática de las mujeres y la amenaza para privar a infantes de sus derechos.

Además de los aspectos arriba mencionados, la pretensión de convertir la atribución de falsa paternidad en “delito penal” ha sido criticada por feministas por ignorar el contexto de desigualdad de género y poder en las relaciones íntimas, parentales y económicas que impera en el país.

Si bien ya existen sanciones para las personas que atribuyen dolosamente falsa paternidad, la propuesta del diputado de Michoacán de distinguir este acto del fraude o la falsa declaración en general es una iniciativa regresiva porque no toma en cuenta que existen múltiples situaciones que pueden hacer que una persona gestante se equivoque respecto a la identidad del padre y que la determinación del dolo es algo que fácilmente se puede tornar subjetivo si se le mezcla con presupuestos misóginos e incendiarios.

¿Cómo saber realmente que una mujer atribuye la paternidad de un hijo con intención dolosa? Esta propuesta presupone de manera ilegal y machista la culpabilidad de todas las mujeres, al no considerar que en materia reproductiva pueden haber errores y que ellos no merecen un castigo penal; o que un deudor alimentario es capaz de comprar laboratorios para no cumplir; o que miles de agresores con antecedentes de manipulación psicológica pueden usar la posibilidad de cárcel como un arma para asustar a madres que tienen miedo de confrontar a los padres de sus hijos, aún cuando están seguras del parentesco, simplemente porque creen que es más fuerte y comprará a la justicia.

Esta iniciativa del Partido Verde quiere poner en el centro de la discusión el «dolo» de la mujeres en un país donde, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), siete de cada 10 mujeres con hijos son madres solteras, y donde aún no se tiene una cifra total de deudores alimentarios puesto que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) se puso en marcha apenas el año pasado, no ha sido suficientemente difundida y aún enfrenta apelaciones y obstáculos puestos por las mismas autoridades. Esto evidencia una postura machista desconectada de la realidad social, en la que las mujeres suelen asumir mayor carga en situaciones de reproducción y cuidado, mientras que los hombres se desentienden de ellas.

Penalizar podría reforzar estigmas sobre la maternidad y las mujeres en lo general ,y castigar a quienes no necesariamente actuaron con dolo; riesgo injustificable, sobre todo cuando ya existen vías legales no misóginas para tratar con aquellos casos en los que una mujer en particular sí puede estar cometiendo fraude.

Castigar mujeres en un país de deudores alimentarios

La pretención de crear una ley sobrada para un problema que ya es cubierto por otras leyes, apunta a un ánimo de lucro político entre la amplia y muy vocal población machista que asevera que la perspectiva de género y el feminismo «están descontrolados» y pretenden que los hombres están en un «abandono legal» que les pone en desventaja, cuando la realidad es que sigue peinando la disparidad sistémica en detrimento de las mujeres

Existen miles de padres en el país que dejan en precariedad a menores de edad cuyas necesidades son cubiertas únicamente por madres que tienen que laborar a la par de ser las únicas responsables del hogar, y en varios de estos casos, la máxima sanción que llegan a enfrentar estos sujetos, es ser anotados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) y el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), que son mecanismos legales en México para visibilizar y eventualmente sancionar a quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias. Una persona puede ser inscrita en estos registros si deja de pagar la pensión alimenticia por más de 90 días, lo que puede acarrear consecuencias como la imposibilidad de obtener pasaporte, licencias, o acceder a cargos públicos, aún así, son pocos los deudores que llegan a enfrentar un conflicto penal ya que a la mayoría se les impone sanciones económicas que no siempre son cumplidas.

La propuesta del diputado Núñez obedece únicamente a los intereses de los varones y busca llevar a la vía punitiva problemas complejos y multifactoriales sin importar que ello contraríe años de políticas para corregir la desigualdad en la que se encuentran los más vulnerables en estos casos, que son los menores. 

En múltiples sistemas jurídicos —incluyendo México— se permite la impugnación civil de filiación por fraude, con posibles reclamaciones por daño moral o económico, pero sin penas privativas de libertad, además de que en casos de «paternidades fraudulentas», no solo se involucra la integridad de los adultos engañados, también está de por medio el bienestar emocional de los menores.

La iniciativa no repara en hechos como el que, incluso en situaciones en las que se acredita la inexistencia de vínculos biológicos y no se puede armonizar el derecho del padre con el vínculo afectivo del menor, la SCJN ha fallado por la prevalencia del interés superior del menor. Un enfoque jurisprudencial que busca equilibrar el derecho legal con la protección emocional y afectiva del menor, priorizando siempre su interés superior por encima de formalismos o de intereses adultos.

Bajo la propuesta del diputado Núñez, los infantes y adolescentes no sólo tendrían que vivir sin la protección de un papá que acredite no tener vínculo biológico con ellos, sino que también tendrían a sus mamás tras las rejas, lo cual representa una doble vulneración.

En suma, la propuesta legislativa impulsada por el PVEM, sobredimensiona los casos reales de fraude sin aportar estrategias de abordaje, refuerza estigmas machistas, apela a los castigos desproporcionada, ignora la perspectiva de género, criminaliza dinámicas familiares vulnerables y arriesga el bienestar de las infancias y adolescencias en pos de un discurso punitivo populista que atrae a la machosfera.

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