Durante la primera quincena de agosto, diversas organizaciones civiles, colectivos de defensa de derechos humanos y redes de periodistas interpusieron amparos contra el artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, el cual sanciona el delito de “ciberasedio”. Los promoventes argumentan que esta norma representa un riesgo para la libertad de expresión, al posibilitar el uso del aparato judicial para acallar voces críticas.
El artículo impugnado castiga penalmente acciones realizadas a través de redes sociales o plataformas digitales, tales como “actos de vigilancia”, “hostigamiento” u “ofensas”. Las organizaciones advierten que la ambigüedad de estos términos permite interpretaciones arbitrarias que podrían derivar en criminalización de actividades legítimas como la cobertura periodística, las denuncias ciudadanas o la crítica política.
Las agrupaciones sostienen que el tipo penal carece de claridad técnica, un requisito esencial del derecho penal. Esta deficiencia normativa, subrayan, deja abierta la posibilidad de que cualquier opinión expresada en espacios digitales pueda ser considerada delito, lo cual genera un efecto inhibitorio sobre el ejercicio de las libertades de expresión e información.
A nivel local, señalan que el acoso judicial ya es una práctica documentada para intimidar a periodistas y defensores de derechos humanos. Entre 2018 y 2024, la organización ARTICLE 19 registró 22 casos de este tipo en Puebla, donde el sistema judicial ha sido empleado para silenciar a quienes investigan o denuncian temas de interés público.
En este contexto, las organizaciones firmantes consideran que la aprobación del artículo 480 forma parte de una tendencia nacional que busca ampliar los mecanismos legales para restringir el discurso público y proteger a figuras de poder, tanto del ámbito gubernamental como privado.
Por ello, hicieron un llamado urgente a las y los jueces que revisen los amparos, para que sus resoluciones se alineen con los estándares internacionales de derechos humanos, priorizando la protección de la libertad de expresión.
El pronunciamiento fue firmado por Proyecto Justicia Común (PROJUC), ARTICLE 19 Oficina México y Centroamérica, el Colectivo Voz de los Desaparecidos en Puebla, Propuesta Cívica, la Red de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la Red Puebla de Periodistas y la Clínica Jurídica Minerva Calderón de la IBERO Puebla.