A partir del ciclo escolar 2025-2026, las estudiantes de educación básica y media superior en Ciudad de México pueden ausentarse de clases por dolores menstruales incapacitantes sin que esto se considere una falta injustificada. La medida fue aprobada por el Congreso local mediante una reforma al Artículo 111 de la Ley de Educación, incorporando la fracción XIII Bis.
La licencia menstrual permite justificar ausencias por dismenorrea sin necesidad de presentar comprobante médico. Basta con el respaldo de madres, padres o tutores. No se establece un límite de días, ya que se reconoce que cada ciclo menstrual es distinto.
Las escuelas deberán definir sus propios protocolos para aplicar la medida, incluyendo el procedimiento para solicitar la licencia, la forma de comunicación entre estudiantes y docentes, y la documentación de la ausencia. También se contempla la reprogramación de tareas, exámenes y proyectos que coincidan con los días de inasistencia.
Datos de la Primera Encuesta Nacional de Gestión Menstrual en México indican que el 43% de las estudiantes prefieren no asistir a clases durante su periodo. El 20% se ha ausentado al menos una vez y el 30% ha improvisado con papel higiénico ante la falta de productos adecuados. Estas condiciones han generado ausentismo escolar, abandono de actividades y, en algunos casos, deserción académica.
La aplicación de la reforma queda sujeta a los recursos y lineamientos de cada institución. Activistas han propuesto la creación de figuras como gestoras menstruales en las escuelas y han solicitado que la Secretaría de Educación Pública emita lineamientos generales para su implementación